Desde junio 2023 deberá consignarse número de RUC y denominación o razón social al ofertar bienes y/o servicios

Modificaciones a la Ley del RUC determinan que a partir del 1 de julio de 2023 exista la obligación de indicar el número de RUC y denominación o razón social al ofertar bienes y/o servicios por medios físicos, así como a través de plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros.

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Modificaciones exigirán indicar el número de RUC al ofertar bienes o servicios.