Reglamentan derecho a contar con un seguro de vida desde el inicio de la relación laboral

Mediante Decreto de Urgencia N° 44-2019, publicado el 30 de diciembre de 2019, se dictaron medidas destinadas a fortalecer la protección de la salud y vida de los trabajadores. Entre ellas, destaca la modificación del Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, que tiene por objeto que los trabajadores puedan gozar con un seguro de vida desde el inicio de la relación laboral (“Seguro de Vida Ley”), a diferencia de los cuatro años de trabajo al servicio del mismo empleador requeridos en el texto original de la norma. No obstante, la entrada en vigor de este beneficio quedó supeditada a la publicación de las respectivas normas reglamentarias (“el Reglamento”).

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