Autorizan el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios

Mediante Ley N° 31171, publicada el 23 de abril del 2021, se autoriza la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), con la finalidad de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19.

La norma aprobada autoriza a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, Ley de CTS, aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021, a disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

Cabe destacar que el Poder Ejecutivo deberá dictar las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de diez (10) días calendario contados desde el 24 de abril del 2021.

Se espera que los retiros de la CTS beneficien a aquellos trabajadores que han visto deteriorada su situación económica por efecto de la pandemia. Esto es, trabajadores en planilla a los que les han reducido el sueldo o que han estado en suspensión perfecta, o aquellos que han tenido un familiar afectado por el virus y tuvieron que incurrir en fuertes gasto para a recuperación, así como aquellos que necesitan con urgencia nivelar sus finanzas personales.