Oportunidad en la que se requiere contar con certificado de residencia a fin de aplicar los beneficios tributarios de un CDI

Con fecha 20 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03701-9-2020 (“la RTF”), estableciéndose un precedente de observancia obligatoria respecto a la oportunidad en la que se debe exigir contar con certificado de residencia a efectos de poder aplicar los beneficios contemplados en un Convenio para evitar la Doble Imposición (“CDI”).

Documentos

Certificado de residencia y CDI.pdf
RTFO-03701-9-2020.pdf