SUNAT varía criterio de interpretación sobre el tratamiento tributario de la plusvalía mercantil negativa

Con fecha 14 de febrero de 2020, se ha publicado en el portal de la Administración Tributaria (“SUNAT”) el Informe N° 193-2019-SUNAT/7T0000 (“el nuevo Informe”), de fecha 13 de diciembre de 2019, en el que se desarrolla un nuevo criterio de interpretación respecto a las implicancias tributarias derivadas del reconocimiento contable del crédito mercantil negativo (“badwill). Como resultado, la SUNAT concluye que el badwill no genera renta gravada con el Impuesto a la Renta, dejando así sin efecto el criterio precedente contenido en el Informe N° 302-2003-SUNAT/2B0000.

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Badwill inafecto al IR