Tribunal Constitucional y suspensión de intereses moratorios

Mediante Resolución del Tribunal Constitucional No 998/2020 (Expediente No 02051-2016-PA/TC): (i) se confirma la suspensión del cómputo de intereses moratorios por el tiempo en exceso al plazo legal incurrido para resolver una impugnación; y (ii) se concluye que la suspensión del plazo de prescripción durante la tramitación del procedimiento contencioso tributario que culmina con la declaratoria de nulidad de los actos administrativos, no puede computarse más allá del plazo con el que cuenta la Administración Tributaria para resolver los recursos interpuestos por el administrado.

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