Cierre de fronteras decretado por el Covid-19 no suspende el plazo tributario para establecer la condición de domiciliado en Perú

Mediante Informe No. 133-2020-SUNAT/7T0000, publicado en la web de la institución el 4 de enero de 2021, la Administración Tributaria sienta posición respecto a la medida de cierre de fronteras con ocasión de la pandemia y su implicancia sobre la condición de domiciliado en el Perú a que se refiere la Ley del Impuesto a la Renta.

Documento

Cierre de fronteras decretada por la pandemia Covid-19 no suspende el plazo tributario previsto para establecer la condición de domiciliado en el Perú